ESTATUTOS

LA ASOCIACIÓN IBEROAMERICANA

DE ASESORAMIENTO Y PASTORAL FAMILIA

ESTATUTOS

CAPITULO I: NOMBRE, OBJETIVO, DURACIÓN Y DOMI­CILIO

Artículo l – DEL NOMBRE

La Asociación Iberoamericana de Asesoramiento y Pastoral Familiar se denominará «EIRENE», palabra griega que significa paz, armonía, reconciliación, bienestar. Se añadirá la palabra «Internacional» para distinguirla de las asociaciones nacionales, centros de atención a la familia y otras expresiones locales.

Artículo 2 – DE LOS OBJETIVOS

EIRENE-Internacional es una asociación, sin fines de lucro, de profesionales cristianos dedicados al desarrollo y fortalecimiento de la salud integral de la familia. Para lograr esto, EIRENE-Internacional se guía por los siguientes objetivos:

  • Entrenar y certificar asesores familiares.
  • Estimular la formación de centros de orientación y asesoramiento a la familia.
  • Asociar a los profesionales cristianos dedicados al bienestar de la familia.
  • Publicar materiales que orienten a la Iglesia y a la comunidad en su trabajo con familias.

Artículo 3 – DE LA DURACION

La duración de la Asociación será de término indefinido.

Artículo 4 – DEL DOMICILIO

EIRENE estará localizada en la ciudad en donde el Coordinador Internacional resida, pudiendo establecer oficinas y efectuar operaciones y todo aquello que ayude al cumplimiento de sus objetivos en cualquier parte del mundo.

CAPITULO II: LOS ASOCIADOS Y EL PATRIMONIO

 EIRENE-Internacional estará conformada por los siguientes tipos de miembros: Fundadores, Docentes, Plenos y Asociados.

Artículo 5 – DE LOS MIEMBROS FUNDADORES

Son Miembros Fundadores quienes, al participar de las reuniones iniciales de la Asociación en Huampaní, Perú (noviembre l979) y en Alajuela, Costa Rica (octubre de l982) suscribieron un compromiso de trabajo en pro de la familia. Son, en orden alfabético: Ada Luz García-Marenko (México), Emilio García-Marenko (México), Enrique Guang Tapia (Costa Rica), Ageu Heringer Lisboa (Brasil), Ligia de Lores (Costa Rica), Jorge E. Maldonado (Ecuador), Kenneth B. Mulholland (E.U.A.), Samuel A. Olson (Venezuela), Alejo Quijada (Perú), Dorothy de Quijada (Perú), Jonathán Salgado (Guatemala), Pedro Savage (Costa Rica), Marina de Solano (Costa Rica) y Adolfo Wyszengrad (Argentina). Los miembros fundadores tienen voz y voto en las Asambleas, pudiendo ser elegidos para cualquier responsabilidad dentro de la Asociación.

Artículo 6 – DE LOS MIEMBROS DOCENTES

Son Miembros Docentes quienes hayan sido invitados por la Junta Directiva por recomendación de un miembro fundador, en reconocimiento a sus méritos profesionales y docentes. Pueden firmar contratos de docencia y supervisión en los programas de entrenamiento de EIRENE-Internacional. Tienen voz y voto en las asambleas y pueden ser elegidos para cualquier función dentro de la Asociación. Pagarán una cuota anual fijada por la Junta Directiva.

Artículo 7 – DE LOS MIEMBROS PLENOS

Son Miembros Plenos de EIRENE-Internacional quienes hayan terminado el Programas de Entrenamiento y Certificación de Asesores Familiares (PECAF) de EIRENE-Internacional o hayan homologado un entrenamiento similar. Firmarán el «Compromiso de Conducta Ética» y la «Declaración de Fe» de EIRENE-Internacional. Tendrán voz y voto en las Asambleas y podrán ser elegidos para cualquier función dentro de la Asociación. Pagarán una cuota anual fijada por la Junta Directiva.

NOTA:   Para el ejercicio profesional como Terapeuta Familiar, los miembros plenos deberán cumplir con los requisitos legales del país de residencia.

Artículo 8 – DE LOS MIEMBROS ASOCIADOS

Son Miembros Asociados quienes estén de acuerdo con el propósito y los objetivos de EIRENE-Internacional, llenen la correspondiente solicitud y paguen su cuota de membrecía fijada por la Junta Directiva. Los Miembros Asociados podrán matricularse en el PECAF.

 Artículo 9 – DEL PATRIMONIO

El patrimonio de EIRENE-Internacional se constituirá de los aportes que ingresen por concepto de cuotas de membrecía, auxilios o donaciones de organizaciones nacionales o internacionales, personas particulares, actividades realizadas por EIRENE o por todos los demás que adquieran a cualquier título.

CAPITULO III: DIRECCIÓN, ADMINISTRACIÓN Y CONTROL

Artículo 10 – DE LAS ASAMBLEAS

Son miembros con voz y voto de la Asamblea de EIRENE-Internacional los miembros fundadores, docentes y plenos. La Asamblea es la máxima autoridad de EIRENE-Internacional. El quórum estará conformado por el 60% de sus miembros votantes debidamente convocados con tres meses de anticipación. De no existir el quórum estipulado, la Asamblea se instalará con los miembros presentes en segunda convocatoria, una hora después, y sus resoluciones son obligatorias. Se reunirá cada tres años en el lugar y la fecha designados por la Junta Directiva.

 Artículo 11 – DE LA JUNTA DIRECTIVA

La Junta Directiva estará conformada por los siguientes miembros: Presidente, Tesorero, Coordinador Internacional y dos Vocales. Sus funciones serán: Ejecutar la voluntad de la Asamblea y velar por la buena mar­cha de la Asociación.

 Artículo 12 – DEL COMITE DE REFERENCIA

El Comité de Referencia estará integrado por miembros destacados de la comunidad cristiana a nivel internacional que hayan hecho un aporte significativo al trabajo con familias. Sus miembros serán nominados por la Junta Directiva y aprobados por la Asamblea. Su función será la de asesorar el trabajo de EIRENE-Internacional.

CAPITULO IV: DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 13 – DEL VOTO

En las Asambleas el voto será personal. Será mayoría en la Asamblea la decisión tomada por la mitad más uno de los miembros presentes. Para ejercer el voto en las Asambleas se requiere estar al día por concepto de cuotas de membrecía. Las decisiones en la Junta Directiva se tomarán por voto directo, por consulta telefónica o por Internet. En caso de empate, decidirá el voto del Presidente.

 Artículo l4 – DE LA DISOLUCIÓN

EIRENE-Internacional se disolverá por voluntad del 75% de los miembros votantes o por mandato legal. Disuelta EIRENE-Internacional los bienes que conformen su patrimonio, una vez cubierto el pasivo, pasarán a otra institución u organización con fines similares.

                                                                     FIN